Desde La Libertad Avanza piden al Ejecutivo Municipal y al gobierno Provincial un detallado informe sobre la reapertura funcionamiento del Legarra
"Cuando se trata de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, el Estado no puede improvisar ni esconder información", sostuvo el concejal juninense de La Libertad Avanza.
El concejal Leonel Juliá (La Libertad Avanza Junín), presentó un proyecto de pedido de informes dirigido tanto al Municipio de Junín como a las autoridades de la Provincia de Buenos Aires para "que expliquen con claridad el manejo, la conducción y los mecanismos de control de la Casa de Abrigo “Francisco Legarra”", indicó el edil.
Sostuvo Juliá que "durante el último año, el Instituto Legarra fue cerrado en medio de denuncias graves, falta de información oficial y un evidente vacío de comunicación entre la Provincia y el área de Niñez del Municipio. A pesar de que públicamente se habló de cuestiones edilicias, lo cierto es que nunca se brindaron explicaciones claras sobre el funcionamiento interno, el personal a cargo ni las responsabilidades de cada nivel del Estado", señaló el edil.
En sus fundamentos, el concejal de LLA manifestó que "hoy, con el hogar nuevamente habilitado, creemos que no alcanza con anunciar una reapertura. Es indispensable saber quiénes están a cargo, cómo se controla el funcionamiento, con qué personal se trabaja y qué garantías existen para que situaciones del pasado no se repitan. Cuando se trata de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, el Estado no puede improvisar ni esconder información" dijo Juliá quien además aclaró que "por eso, además del pedido de informes, solicitamos que los concejales de Junín podamos realizar una visita institucional al edificio, para conocer de primera mano las condiciones en las que funciona el dispositivo".
"Nuestro rol -agregó- como Concejo Deliberante es ejercer control y garantizar transparencia. No se trata de buscar culpables, sino de asegurar que los derechos de los chicos estén realmente protegidos y que cada nivel del Estado asuma la responsabilidad que le corresponde. La protección de la niñez no admite relatos ni silencios. Admite hechos, controles y respuestas claras", destacó.
EL TEXTO DE LA INICIATIVA
Bloque de
concejales de Alianza La Libertad Avanza
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Junín, 16 de Enero de 2026
Sra. presidente del Honorable Concejo
Deliberante de Junín Dra. Agustina De Miguel
S / D
El cierre
del Hogar / Casa de Abrigo “Francisco Legarra” de la ciudad de Junín
dispuesto durante
el año 2024 por decisión
de las autoridades provinciales
competentes;
Las distintas publicaciones periodísticas de alcance local
y regional que dieron cuenta de denuncias por presuntos malos tratos, deficiencias
en el funcionamiento institucional, falta de personal idóneo
y un prolongado vacío comunicacional entre la Provincia de Buenos Aires y el área de
Niñez del Municipio de Junín;
La Comunicación sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de abril de 2025, mediante la cual se
solicitó información al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la
Provincia de Buenos Aires y al Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia
respecto del estado edilicio, las obras, los plazos de reapertura y la
situación de las niñas, niños y adolescentes reubicados;
Las recientes informaciones que indican que la Casa de Abrigo
“Francisco Legarra” se encuentra nuevamente habilitada para su funcionamiento y
para la recepción de menores
de edad con medidas
de abrigo dispuestas por la autoridad competente;
Y la necesidad de que este Honorable Concejo
Deliberante cuente con
información
clara, actualizada y verificable respecto de las condiciones en que se produce dicha
reapertura, los recursos
humanos asignados, las responsabilidades de cada
nivel del Estado
y los mecanismos de control
y resguardo de derechos de niñas,
niños y adolescentes.
CONSIDERANDO
Que las políticas
públicas vinculadas a la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes
requieren no solo infraestructura adecuada, sino también recursos humanos
suficientes, capacitados y debidamente supervisados, garantizando condiciones de cuidado, contención y respeto;
Que el cierre de la Casa de Abrigo
“Francisco Legarra” generó
una situación de extrema sensibilidad institucional, al
tratarse de un dispositivo de alojamiento y
protección destinado a menores de edad en contextos de vulnerabilidad, lo cual exige máximos estándares de
transparencia, información y control;
Que, según surge
de distintos antecedentes públicos, durante el período previo
al cierre se registraron denuncias y señalamientos vinculados al funcionamiento del hogar, a la
dotación de personal y a presuntas situaciones de maltrato, circunstancias que
tornan imprescindible conocer de qué manera se reorganiza el dispositivo en su reapertura;
Que la reapertura de la Casa de Abrigo constituye un hecho de relevancia social
y comunitaria, pero que la misma debe realizarse con claridad respecto
de la cantidad y calificación del personal afectado, la estructura de
conducción, los protocolos de
actuación
y los mecanismos de prevención y control;
Que resulta necesario
delimitar con precisión las responsabilidades y aportes que corresponden al Municipio de Junín y a
la Provincia de Buenos Aires, tanto en materia
de infraestructura y servicios como en
lo relativo al financiamiento, la provisión de personal y la dirección técnica del
hogar;
Que este Honorable Concejo Deliberante,
en el marco de sus atribuciones, tiene el deber de requerir
información fehaciente a fin de ejercer el control institucional y contribuir a la garantía
efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes alojados en dispositivos de abrigo;
Que el acceso a información clara, detallada y actualizada no
constituye una carga administrativa, sino una condición
básica para fortalecer la confianza pública y asegurar el correcto funcionamiento de
las políticas de niñez.;
EL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE JUNIN, EN USO DE LAS
ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE COMUNICACION
INFORME SOBRE REAPERURA, AUTORIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DE LA CASA DE ABRIGO “FRANCISCO LEGARRA”
Abrigo “Francisco Legarra”.
Artículo 2°.- Requiérase se informe
la cantidad total de personal
asignado al funcionamiento de
la Casa de Abrigo al momento de su reapertura, discriminando
cargos, funciones, modalidad de contratación, carga horaria y esquema de guardias.
Artículo 3°.- Solicitar que se detalle la nómina y perfil profesional de los equipos
técnicos e interdisciplinarios que desempeñarán funciones en el hogar, indicando títulos habilitantes y roles específicos dentro del dispositivo.
Artículo 4°.- Requiérase se informe bajo la dirección y dependencia administrativa de qué organismo
funciona actualmente la Casa de Abrigo, indicando responsables a cargo de la
conducción institucional y técnica del establecimiento.
Artículo 5°.- Solicítase se precise
cuáles son los aportes y responsabilidades que asume el Municipio de Junín en
relación al funcionamiento del hogar, incluyendo
infraestructura edilicia, mantenimiento, pago de servicios, logística
y cualquier otro recurso comprometido.
Artículo 6°.- Requiérase se informe
cuáles son los aportes y responsabilidades
que asume la Provincia de Buenos Aires, detallando financiamiento, provisión de
personal, salarios, programas específicos y lineamientos técnicos
de funcionamiento.
Artículo 7°.- Solicítase se informe
si existen convenios
vigentes entre el Municipio
de Junín y la Provincia de Buenos Aires respecto de la Casa de Abrigo
“Francisco
Legarra”, indicando
fecha de suscripción, objeto y vigencia, acompañando copia de los
mismos en caso afirmativo.
Artículo 8°.- Requiérase se informe
qué protocolos de actuación, supervisión y control se encuentran actualmente vigentes por parte del
municipio para prevenir,
detectar y abordar situaciones de maltrato, negligencia o vulneración de derechos
dentro del hogar.
Artículo 9°.- Solicítase se informe
el criterio y capacidad operativa
prevista para la admisión de
niñas, niños y adolescentes, indicando cantidad máxima de plazas
habilitadas y modalidad de ingreso.
Artículo 6º.- Comuníquese a quienes
corresponda, regístrese, publíquese y archívese.-




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