LO NUEVO

Breaking News

Desde La Libertad Avanza piden al Ejecutivo Municipal y al gobierno Provincial un detallado informe sobre la reapertura funcionamiento del Legarra

 


"Cuando se trata de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, el Estado no puede improvisar ni esconder información", sostuvo el concejal juninense de La Libertad Avanza.

El concejal Leonel Juliá (La Libertad Avanza Junín),  presentó un proyecto de pedido de informes dirigido tanto al Municipio de Junín como a las autoridades de la Provincia de Buenos Aires para "que expliquen con claridad el manejo, la conducción y los mecanismos de control de la Casa de Abrigo “Francisco Legarra”", indicó el edil.

Sostuvo Juliá que "durante el último año, el Instituto Legarra fue cerrado en medio de denuncias graves, falta de información oficial y un evidente vacío de comunicación entre la Provincia y el área de Niñez del Municipio. A pesar de que públicamente se habló de cuestiones edilicias, lo cierto es que nunca se brindaron explicaciones claras sobre el funcionamiento interno, el personal a cargo ni las responsabilidades de cada nivel del Estado", señaló el edil.

En sus fundamentos, el concejal de LLA manifestó que "hoy, con el hogar nuevamente habilitado, creemos que no alcanza con anunciar una reapertura. Es indispensable saber quiénes están a cargo, cómo se controla el funcionamiento, con qué personal se trabaja y qué garantías existen para que situaciones del pasado no se repitan. Cuando se trata de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, el Estado no puede improvisar ni esconder información" dijo Juliá quien además aclaró que "por eso, además del pedido de informes, solicitamos que los concejales de Junín podamos realizar una visita institucional al edificio, para conocer de primera mano las condiciones en las que funciona el dispositivo".

"Nuestro rol -agregó- como Concejo Deliberante es ejercer control y garantizar transparencia. No se trata de buscar culpables, sino de asegurar que los derechos de los chicos estén realmente protegidos y que cada nivel del Estado asuma la responsabilidad que le corresponde. La protección de la niñez no admite relatos ni silencios. Admite hechos, controles y respuestas claras", destacó.

EL TEXTO DE LA INICIATIVA

Bloque de concejales de Alianza La Libertad Avanza 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Junín, 16 de Enero de 2026

 

 

Sra. presidente del Honorable Concejo Deliberante de Junín Dra. Agustina De Miguel

S                  /                    D

 VISTO

El cierre del Hogar / Casa de Abrigo “Francisco Legarra” de la ciudad de Junín

dispuesto durante el año 2024 por decisión de las autoridades provinciales competentes;

Las distintas publicaciones periodísticas de alcance local y regional que dieron cuenta de denuncias por presuntos malos tratos, deficiencias en el funcionamiento institucional, falta de personal idóneo y un prolongado vacío comunicacional entre la Provincia de Buenos Aires y el área de Niñez del Municipio de Junín;

La Comunicación sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de abril de 2025, mediante la cual se solicitó información al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y al Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia respecto del estado edilicio, las obras, los plazos de reapertura y la

situación de las niñas, niños y adolescentes reubicados;

Las recientes informaciones que indican que la Casa de Abrigo “Francisco Legarra” se encuentra nuevamente habilitada para su funcionamiento y para la recepción de menores de edad con medidas de abrigo dispuestas por la autoridad competente;

Y la necesidad de que este Honorable Concejo Deliberante cuente con

información clara, actualizada y verificable respecto de las condiciones en que se produce dicha reapertura, los recursos humanos asignados, las responsabilidades de cada nivel del Estado y los mecanismos de control y resguardo de derechos de niñas, niños y adolescentes.


CONSIDERANDO

Que las políticas públicas vinculadas a la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes requieren no solo infraestructura adecuada, sino también recursos humanos suficientes, capacitados y debidamente supervisados, garantizando condiciones de cuidado, contención y respeto;

Que el cierre de la Casa de Abrigo “Francisco Legarra” generó una situación de extrema sensibilidad institucional, al tratarse de un dispositivo de alojamiento y

protección destinado a menores de edad en contextos de vulnerabilidad, lo cual exige máximos estándares de transparencia, información y control;

Que, según surge de distintos antecedentes públicos, durante el período previo al cierre se registraron denuncias y señalamientos vinculados al funcionamiento del hogar, a la dotación de personal y a presuntas situaciones de maltrato, circunstancias que tornan imprescindible conocer de qué manera se reorganiza el dispositivo en su reapertura;

Que la reapertura de la Casa de Abrigo constituye un hecho de relevancia social y comunitaria, pero que la misma debe realizarse con claridad respecto de la cantidad y calificación del personal afectado, la estructura de conducción, los protocolos de

actuación y los mecanismos de prevención y control;

Que resulta necesario delimitar con precisión las responsabilidades y aportes que corresponden al Municipio de Junín y a la Provincia de Buenos Aires, tanto en materia

de infraestructura y servicios como en lo relativo al financiamiento, la provisión de personal y la dirección técnica del hogar;

Que este Honorable Concejo Deliberante, en el marco de sus atribuciones, tiene el deber de requerir información fehaciente a fin de ejercer el control institucional y contribuir a la garantía efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes alojados en dispositivos de abrigo;

Que el acceso a información clara, detallada y actualizada no constituye una carga administrativa, sino una condición básica para fortalecer la confianza pública y asegurar el correcto funcionamiento de las políticas de niñez.;


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE JUNIN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA EL SIGUIENTE

PROYECTO DE COMUNICACION

INFORME SOBRE REAPERURA, AUTORIDADES Y MECANISMOS DE CONTROL DE LA CASA DE ABRIGO “FRANCISCO LEGARRA”

 Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, por intermedio del organismo que corresponda, requiera al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y al Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia un informe detallado respecto de la reapertura y actual funcionamiento de la Casa de

Abrigo “Francisco Legarra”.

Artículo 2°.- Requiérase se informe la cantidad total de personal asignado al funcionamiento de la Casa de Abrigo al momento de su reapertura, discriminando

cargos, funciones, modalidad de contratación, carga horaria y esquema de guardias.

Artículo 3°.- Solicitar que se detalle la nómina y perfil profesional de los equipos técnicos e interdisciplinarios que desempeñarán funciones en el hogar, indicando títulos habilitantes y roles específicos dentro del dispositivo.

Artículo 4°.- Requiérase se informe bajo la dirección y dependencia administrativa de qué organismo funciona actualmente la Casa de Abrigo, indicando responsables a cargo de la conducción institucional y técnica del establecimiento.

Artículo 5°.- Solicítase se precise cuáles son los aportes y responsabilidades que asume el Municipio de Junín en relación al funcionamiento del hogar, incluyendo

infraestructura edilicia, mantenimiento, pago de servicios, logística y cualquier otro recurso comprometido.

Artículo 6°.- Requiérase se informe cuáles son los aportes y responsabilidades que asume la Provincia de Buenos Aires, detallando financiamiento, provisión de

personal, salarios, programas específicos y lineamientos técnicos de funcionamiento.

Artículo 7°.- Solicítase se informe si existen convenios vigentes entre el Municipio de Junín y la Provincia de Buenos Aires respecto de la Casa de Abrigo “Francisco

Legarra”, indicando fecha de suscripción, objeto y vigencia, acompañando copia de los mismos en caso afirmativo.


Artículo 8°.- Requiérase se informe qué protocolos de actuación, supervisión y control se encuentran actualmente vigentes por parte del municipio para prevenir,

detectar y abordar situaciones de maltrato, negligencia o vulneración de derechos dentro del hogar.

Artículo 9°.- Solicítase se informe el criterio y capacidad operativa prevista para la admisión de niñas, niños y adolescentes, indicando cantidad máxima de plazas

habilitadas y modalidad de ingreso.

Artículo 6º.- Comuníquese a quienes corresponda, regístrese, publíquese y archívese.-


No hay comentarios