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El Juez Federal de Junín declaró la inconstitucionalidad de las retenciones

 


El fallo del doctor Héctor Pedro Plou se suma a otros dictados por magistrados de Córdoba y Tucumán en idéntico sentido. Se hizo lugar a un planteo presentado por el ex presidente de la Sociedad Rural de Junín y abogado de la entidad agropecuaria, Alejandro Barbieri.



El reclamo de un gran número de productores y representantes del ruralismo que consideran inconstitucionales a las retenciones, logró un nuevo aval, ahora en manos de un juez federal de Junín (Buenos Aires).

El abogado, productor agropecuario y ex presidente de la Sociedad Rural de esa ciudad, Alejandro Barbieri, dio a conocer a través de Twitter que el magistrado Héctor Plou hizo lugar al pedido de declarar como inconstitucionales a las disposiciones del Decreto 851/2021, emitido por el Gobierno nacional en diciembre del año pasado, y en el que se establecieron las alícuotas vigentes de derechos de exportación.

El fallo de Plou señala la inconstitucionalidad de estas disposiciones a partir del 1° de enero de 2022. El argumento es el mismo que en otras demandas y fallos que se han emitido al respecto: al no haberse sancionado el Presupuesto 2022 en el Congreso, lo que implica no haber prorrogado la vigencia de la Ley de Emergencia Económica, la facultad que tenía el Poder Ejecutivo de fijar las alícuotas de retenciones habría quedado sin efecto.

ANTECEDENTES

Este fundamento es el que motivó, en febrero, a la Sociedad Rural Argentina (SRA) junto a la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM), a presentar la primera demanda de este tipo, que se hizo en un tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y en la Justicia Federal de Córdoba.

En este último lugar, el juez Ricardo Bustos Fierro les dio la razón a los ruralistas, pero luego la causa entró en un ida y vuelta judicial y no ha tenido mayores novedades.

También los productores lograron un aval a su reclamo en un juzgado federal de Tucumán, ante una presentación de la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor).

Sin embargo, hubo un caso negativo, cuando un juez federal de Río Cuarto denegó el pedido de la Sociedad Rural de esa ciudad de declarar la inconstitucionalidad.

EL NUEVO FALLO: "UNA BUENA NOTICIA EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DEL SECTOR AGROPECUARIO", DIJO BARBIERI

En el caso de Junín, la demanda de Barbieri fue realizada junto al abogado Luis Panetta, con el apoyo de la Rural juninense y de productores agropecuarios que se presentaron como partes en el planteo realizado.

En su cuenta de Twitter, el doctor Barbieri destacó que "informamos que el Juzgado Federal de Junin ha resuelto declarar la inconstitucionalidad de las disposiciones del Decreto 851/2021 a partir del 1 de enero de 2022, normativa que se aplica a las alícuotas de derechos de exportación al sector agropecuario".

A través de un hilo en su cuenta, el profesional indicó que "si bien nos encontramos ante una sentencia que no se encuentra firme, seguramente debatible en otras instancias judiciales, es una buena noticia en la búsqueda de otras alternativas de defensa de los derechos del sector agropecuario.

"Por otra parte -agregó el doctor Alejandro Barbier-, la gran novedad es que quienes se benefician con la sentencia son los mismos productores agropecuarios ya que ellos mismo fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo".

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