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Bragado: los documentos oficiales sobre la Licitación N° 8/2026 y las dudas administrativas tras la salida del secretario de Obras Públicas

 



El Decreto N° 0364 reveló que el municipio adjudicó una contratación de 50 millones de pesos a Julio Jorge Santiago para el suministro de escoria en el camino a Irala, en un trámite refrendado por el exsecretario Juan Manuel Santiago antes de su renuncia. Cuestionamientos normativos y pedidos de transparencia en la gestión local.

La dimisión de Juan Manuel Santiago al frente de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Bragado, efectivizada el pasado 23 de julio de 2026 bajo el argumento oficial de "motivos personales", sumó un capítulo de debate público a partir de la difusión de documentación administrativa vinculada a contrataciones comunales.

Un relevamiento del Boletín Oficial y los registros locales sacó a la luz el Decreto N° 0364, pieza mediante la cual el Gobierno Municipal adjudicó la Licitación Privada N° 8/2026 para la provisión de 2.000 toneladas de escoria destinadas al trazado del camino rural hacia la localidad de Irala.

La Licitación Privada N° 8/2026 y la firma del decreto

El procedimiento administrativo tuvo su origen formal en el mes de marzo de 2026, cuando el Ejecutivo estableció un presupuesto oficial de $50.000.000 para el acopio de material vial. Tras la compulsa de ofertas, la adjudicación recayó sobre el oferente Julio Jorge Santiago por el monto exacto de la partida asignada.

El elemento que generó observaciones en el ámbito político institucional radica en el circuito de firmas: la norma municipal estipula que el acto administrativo debía ser avalado y refrendado por la Secretaría de Obras Públicas, área que por entonces conducía Juan Manuel Santiago, quien estampó su firma junto a la del intendente Sergio Barenghi.

Aunque el texto de la norma aprobada no explicita la filiación de los firmantes, trascendió a nivel local que el adjudicatario guardaría un vínculo familiar directo (padre e hijo) con el ahora exfuncionario, circunstancia que abrió un amplio interrogante sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

El marco normativo y los pedidos de informe

El debate técnico-jurídico gira en torno al Artículo 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual regula las incompatibilidades para el ejercicio de la función pública e inhabilita a desempeñarse en la comuna a quienes "directa o indirectamente estén interesados en algún contrato en que la Municipalidad sea parte".

En el marco político bragadense, diversos sectores analizan requerir la apertura del expediente completo para conocer:

La cantidad de empresas oferentes que participaron en la Licitación Privada N° 8/2026.

La documentación comercial y las garantías presentadas por la firma proveedora.

Los dictámenes del Tribunal de Cuentas y las observaciones del área de Contaduría.

Reorganización del gabinete y compras de insumos

Tras la salida de Santiago —quien ejerció la titularidad de Obras Públicas por dos años y medio—, el jefe comunal reorganizó el organigrama municipal y designó a Pablo Liciaga al frente de las competencias operativas del área.

Paralelamente, desde la oposición comunal señalaron que la transparencia de los expedientes del sector debe extenderse a la revisión de compras de hormigón y otros insumos básicos para la red vial y urbana, instando al Ejecutivo a responder a los pedidos de informes mediante los canales institucionales y no solo a través de comunicados de prensa.

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